Ley para la Gestión Integral de Residuos
Publicada el 13-jul-2010 (La Gaceta 135). Establece la responsabilidad extendida del productor (art. 5.b): los productores e importadores de bienes cuyos residuos se declaren 'de manejo especial' deben aplicar programas de recuperación o depósito-retorno (art. 42). La jerarquía admite coprocesamiento y aprovechamiento energético, con prioridad a la recuperación de materiales (art. 4.d).
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